Funciones de la Junta

Dirigir y resolver los asuntos relacionados con el sindicato, dentro de los términos que los presentes estatutos o la ley establezca.

Convocar la Asamblea Nacional a sesiones ordinarias o extraordinarias.

Elegir los dignatarios de los cargos que resulten vacantes definitivamente en la Junta Directiva Nacional, los cuales serán aprobados en la siguiente asamblea.

Elegir los delegados oficiales a los Congresos Nacionales e Internacionales de las organizaciones a las que se encuentre afiliado el sindicato.

Elaborar el temario y el orden del día para la Asamblea General de Asociados y encargarse de todo lo relacionado para el éxito del evento.

Elaborar el temario y el orden del día para la Asamblea General de Asociados y encargarse de todo lo relacionado para el éxito del evento.

Llevar récord de afiliados a nivel nacional.

Mantener informados a todos los asociados sobre los asuntos de interés general.

Elegir democráticamente entre sus miembros y con los delegados Nacionales las postulaciones de candidatos previamente inscritos a cualquier dignidad de la vida institucional, en el entendido de que todos los afiliados se someten a la decisión mayoritaria.

Cumplir las proposiciones aprobadas y las resoluciones emanadas de la Asamblea Nacional. Así mismo coordinar en el nivel nacional las diversas tareas.

Estudiar y tramitar los problemas de carácter colectivo que se presenten en cualquier Seccional o Comité.

Velar por el cumplimiento de las obligaciones de la organización sindical y de sus estatutos.

Designar las comisiones permanentes y accidentales.

Presentar a la Asamblea General de Asociados los informes correspondientes a las labores cumplidas y a los proyectos pendientes.

Adoptar su propio reglamento de trabajo.

Revisar y fenecer cada treinta (30) días en primera instancia las cuentas que le
presente el Tesorero, con el visto bueno del Fiscal.

Emitir comunicados periódicamente con el propósito de sentar la posición oficial del sindicato en los asuntos que así lo ameriten.

Tramitar y/o responder, de acuerdo con su competencia, las peticiones de los
afiliados dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recibo.

Nuestra Junta Directiva

Junta subdirectiva Bogotá